|
A continuación se detallan las Resoluciones adoptadas sobre los distintos expedientes tratados por este tribunal: BOLETIN Nº 33/2009TRIBUNAL DE PENAS
Miembros presentes; Sr. Julio Villarreal (Presidente); Ingº Enrique Hochberg (Vocal) e Ingº Juan Daniel Brea (Vocal)
Expte. Nº 67/2009 Partido: “ESTUDIANTES vs. UNIVERSITARIO”Categoría: MINI1) Dar por cumplidas las disposiciones por las cuales el inculpado está invitado a presentar su descargo a la imputación motivo de las presentes actuaciones (Artículo 20º del Código de Procedimientos). 2) Disponer que las manifestaciones agregadas en su escrito por el inculpado, sin vinculación estricta con el hecho delatado motivo de autos, sean desestimados de acuerdo con el Código de Procedimientos. 3) Aplicar la PENA de SUSPENSION por el término de CUATRO (4) MESES al señor MURO Santiago , en su carácter de espectador perteneciente al Club ESTUDIANTES de LA PLATA , en mérito a lo dispuesto por los artículos 7º, 37º, 40º inc. a) y 82º inc. a) del CODIGO de PENAS .
Expte. Nº 75/2009 Partido: “ASTILLERO vs. DEPORTIVO LA PLATA ”Categoría: CADETES1) Dar por finalizada la substanciación, decretando la Rebeldía de la inculpada. 2) Aplicar la PENA de MULTA por el monto de CUATRO (4) A.J.C. al Club DEPORTIVO LA PLATA , de conformidad a las previsiones de los artículos 7º, 23º, 37º, 40º inc. a) y b), 41º, 42º, 58º inc. f) y 60º inc. a) Apartado 3) del CODIGO de PENAS. 3) Fijase el plazo de CINCO (5) DIAS HABILES para cancelar la pena de multa aplicada precedentemente, de conformidad a lo establecido por el artículo 34º del CODIGO de PENAS .
Expte. Nº 77/2009 Partido: “UNIVERSITARIO vs. CIRCULO POLICIAL”Categoría: PRIMERA1).- SUSPENDER al jugador KNETCHT Iván Alexis (Ficha nº 23500) perteneciente al Club CIRCULO POLICIAL , por el término de OCHO (8) PARTIDOS , en mérito a lo dispuesto por los artículos 7º, 37º, 41º inc. h), 42º inc. b) y c) y 107º inc. g) del CODIGO de PENAS. 2).- SUSPENDER al jugador ABEIRO Juan (Ficha nº 19371) perteneciente al Club CIRCULO POLICIAL , por el término de CINCO (5) PARTIDOS , en mérito a lo dispuesto por los artículos 7º, 14º inc. a), 37º, 40º y concordantes, y 107º inc. h) del CODIGO de PENAS. 3) Aplicar la PENA de MULTA por el monto de CUATRO (4) A.J.C. al Club CIRCULO POLICIAL, y por el monto de CINCO (5) A.J.C. al Club UNIVERSITARIO , de conformidad a las previsiones de los artículos 7º, 23º, 37º, 40º inc. a) y 60º inc. a) Apartado 2) del CODIGO de PENAS. 4 ) Fijase el plazo de CINCO (5) DIAS HABILES para cancelar la pena de multa aplicada precedentemente, de conformidad a lo establecido por el artículo 34º del CODIGO de PENAS . |